Desmontando mitos sobre las ITV
Las dudas más recurrentes de los automovilistas y cómo los talleres pueden ayudar a sus clientes a aclararlas
- Recordemos que, según un estudio realizado recientemente (más información AQUÍ), 8 de cada 10 automovilistas consideran al taller su mejor asesor en todo lo relacionado con el automóvil.
- Con informaciones como la que aquí se incluye, estimulamos la labor de nuestros asociados como los mejores consejeros de sus clientes.
- ¿Qué hacer si me rechazan la ITV? ¿Los coches que permanecen estacionados también deben tener la inspección al día? ¿Quién puede pasarla? Son algunas de las interrogantes relacionadas con las ITV que los automovilistas plantean de manera recurrente. Damos respuesta a continuación.
La inspección técnica de vehículos es un sistema cuyo objetivo es eliminar, en lo posible, el riesgo de accidentes y controlar las emisiones, contribuyendo a una mayor seguridad vial y a una adecuada protección del medio ambiente. Se trata de un procedimiento que se instauró en España en el año 1981 para los vehículos industriales y que en 1985 se generalizó para todos los tipos de vehículos.
Aunque su historia es larga y es de obligatorio cumplimiento, aún muchos conductores tienen dudas en torno a la ITV. Por ello, desde la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos, AECA-ITV, desmontan algunos de estos mitos.
1.- Los vehículos estacionados deben tener la ITV en vigor
Verdadero. El hecho de que un vehículo esté estacionado en la vía pública no le hace perder la condición de estar matriculado, de tal forma que se trata de un vehículo en disposición de circular y conforme lo dispuesto en la normativa aplicable tiene la obligación de someterse a la preceptiva ITV. La única forma de no cumplir con esta obligación es dando de baja el vehículo en la Dirección General de Tráfico y retirándolo de la vía pública.
2.- Los inspectores técnicos tienen un porcentaje de rechazos que cumplir
Falso. El Real Decreto 920/2017 establece expresamente que los directores técnicos y los inspectores no podrán tener conflicto de interés en su actividad, debiendo mantener en todo momento su imparcialidad y objetividad. Además, las estaciones de ITV están sometidas a inspecciones de las propias Administraciones Públicas y a auditorías de la Entidad Nacional de Acreditación. Actuaciones que garantizan, en todo momento, el cumplimiento de los principios de imparcialidad y objetividad.
3.- Si no superas la ITV, el vehículo puede seguir circulando hasta la segunda inspección
Falso. Si el defecto o los defectos detectados son calificados como graves, el vehículo no puede circular por las vías públicas excepto para su traslado al taller o, en su caso, para la regularización de su situación y vuelta a una estación ITV para nueva inspección en un plazo no superior a dos meses, contados desde la primera inspección técnica desfavorable.
En el caso de que se detecten defectos calificados como muy graves, el vehículo también está inhabilitado para circular y, además, en este caso, el traslado del vehículo desde la estación ITV hasta su destino para que los defectos sean reparados se realizará por medios ajenos al propio vehículo, es decir, en grúa o plataforma. Una vez subsanados los defectos, se deberá presentar el vehículo a inspección en un plazo no superior a dos meses, contados desde la primera inspección negativa.
4.- La ITV y el seguro del vehículo deben ir de la mano para garantizar la seguridad vial
Verdadero. El seguro obligatorio y la inspección técnica de vehículos deben estar en vigor, en todo momento, para mejorar la seguridad vial y lograr reducir el número de siniestros viales como consecuencia de tener la ITV caducada. Así se especifica en el Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, donde se establece que “será condición previa a la realización de cualquier inspección técnica la acreditación del seguro obligatorio del vehículo”.
5.- El titular del vehículo es el único que puede pasar la ITV del mismo
Falso. Lo relevante es que el vehículo tenga la ITV en vigor, sin importar si es el titular del mismo el que acude a la estación de ITV o no, ya que el procedimiento será el mismo. Lo más importante es que la persona que lleve el vehículo cuente con los documentos de identificación del vehículo, es decir, con los originales de la tarjeta de inspección técnica y el permiso de circulación. La marca, modelo, número de bastidor y matrícula del vehículo deben coincidir con los indicados en la documentación.
6.- Dependiendo de la época del año es más fácil pasar la ITV
Falso. Esta creencia es totalmente falsa. Muchos conductores intentan hacer coincidir la realización de la ITV de su vehículo con diferentes épocas del año, pero lo cierto es que independientemente de la fecha de la inspección, siempre se van a realizar las mismas pruebas y comprobaciones que establezca la normativa aplicable.
7.- Realizar la ITV fuera del plazo conlleva un recargo adicional
Falso. Las estaciones de ITV no pueden sancionar un vehículo por realizar la inspección técnica fuera de plazo. Sin embargo, se corre el riesgo de que los agentes de tráfico interpongan una multa al conductor de hasta 500€ además del peligro que supone para los usuarios de las vías.
Para conocer más de estos mitos en torno a la ITV, visita el canal de YouTube de la asociación AECA-ITV.